El 12 de noviembre de 2020, Peter Tomka fue reelecto para ocupar su cargo en la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de las Naciones Unidas. Tomka ha sido juez de […]
La próxima reunión del Grupo de Trabajo III de la CNUDMI en enero de 2020 será una oportunidad valiosa para intensificar la presión para una reforma real de la ISDS. Este artículo de ITN brinda información actualizada sobre los debates de octubre de 2019 en Viena, donde los países establecieron un plan de trabajo para sus próximas conversaciones sobre las soluciones de reforma, donde se describe cuándo se discutirán qué opciones. Las autoras hacen una revisión de las lecciones aprendidas hasta la fecha y anticipan los temas programados para ser debatidos en enero de 2020: un mecanismo de examen independiente o de apelación; un TMI permanente y la selección y nombramiento de árbitros y decisores. Analizando en profundidad cada uno de estos temas, destacan los principales temas a considerar por los negociadores.
El proceso de actualización de las reglas del CIADI se ha desarrollado paralelamente a las deliberaciones del Grupo de Trabajo III de la CNUDMI sobre la reforma de la ISDS, impulsando una importante conversación sobre cómo estos esfuerzos podrían complementarse mutuamente. En este nuevo artículo, Rafael Ramos Codeço y Henrique Martins Sachetim analizan el proceso de enmienda a las reglas del
CIADI, observando de cerca algunas modificaciones clave bajo consideración y analizando el grado en que estos cambios podrían ayudar a abordar algunas de las inquietudes relacionadas con la ISDS identificadas en la CNUDMI.
La idea de investir a los árbitros designados por las partes con poderes para decidir en controversias entre inversionistas y Estados a través de laudos definitivos y vinculantes, lo cual fue heredado del arbitraje comercial y tradicionalmente aceptado como algo apropiado, actualmente está generando disconformidad entre los críticos.
La compensación para los jueces y árbitros es considerado un tema generalmente esencial para la independencia judicial y para atraer a buenos jueces al diseño institucional de los tribunales.
La futura puesta en marcha del Centro puede generar escepticismo, ya que su funcionamiento podría menospreciar estándares internacionales en favor de parámetros regionales y ello, a su vez, provocar una mayor inestabilidad en la región. Desde otra perspectiva, la creación del Centro podría, no obstante, aumentar la legitimidad y la popularidad de los mecanismos de solución de controversias inversionista-Estado en los países miembros de UNASUR, al implementarse las novedades procesales y sustantivas contenidas en el AC. ¿Cuáles son las novedades procesales y sustantivas contenidas en el Proyecto de Acuerdo Constitucional?
Investor–state dispute settlement (ISDS), a concept much unknown to the broader public and even top policy-makers only a year ago, is making headlines, especially as the European Union and the […]
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